Turnos rotativos y jornada de 42 horas en Itagüí y Sabaneta
Tres turnos de 8 horas, seis días, dejan 6 horas extra por persona cada semana desde julio de 2026. Cuánto cuestan y cómo registrar los relevos.
Mañana, tarde y noche: ocho horas cada turno, seis días a la semana. Durante años esa rotación cuadró sin problema con la jornada de 48 horas. Desde el 15 de julio de 2026 la jornada máxima es de 42 horas semanales, y la misma rotación deja 6 horas por persona, cada semana, por encima del límite. En muchas plantas esas horas no se ven en la nómina porque la plantilla de Excel se armó cuando la cuenta todavía cerraba.
La cuenta: 48 − 42 = 6 horas por semana
Con salario mínimo 2026 ($1.750.905) y la jornada de 42 horas, la hora ordinaria queda en unos $8.338 (divisor 210). Si esas 6 horas de más se pagan como extra:
| Extra diurna (25 %) | Extra nocturna (75 %) | |
|---|---|---|
| Valor de la hora extra | $10.422 | $14.591 |
| 6 horas a la semana | $62.532 | $87.545 |
| Al mes, por persona | ≈ $270.973 | ≈ $379.363 |
| Al mes, planta de 30 personas | ≈ $8,1 millones | ≈ $11,4 millones |
Son cifras de ejemplo con salario mínimo, sin otros conceptos. Lo importante es el orden de magnitud: no es un detalle de redondeo. Hay dos caminos y los dos son válidos: pagarlas como extra o rediseñar la rotación para que quede dentro de las 42 horas. El único camino que no sirve es dejarlas invisibles. Los cambios de la reforma están resumidos en Ley laboral 2026.
A eso se suma la noche. Desde el 25 de diciembre de 2025 el trabajo nocturno empieza a las 7 p.m., así que el turno de 2 p.m. a 10 p.m. ya tiene 3 horas nocturnas y el de 10 p.m. a 6 a.m. es nocturno completo, con un recargo del 35 % (unos $23.345 por turno con salario mínimo).
Por qué esto pesa en el sur del Aburrá
Itagüí, Sabaneta y La Estrella tienen talleres, plantas de producción y empresas que trabajan por turnos para cumplir pedidos. Una nota del Municipio de Sabaneta, publicada el 3 de mayo de 2024, informó sobre la apertura de una planta de impresión industrial de Valver en Pan de Azúcar: un ejemplo del tipo de operación de la zona que corre contra fechas de entrega y mueve relevos cuando cambia un pedido.
Fuente: Municipio de Sabaneta.
El relevo es donde se pierden las horas
Cuando un pedido se atrasa, alguien se queda una hora más o cubre parte del turno siguiente. Si eso queda solo en una conversación, la persona que liquida se entera días después y la hora extra se pierde o se paga mal. Un relevo de cuatro renglones lo evita:
- Qué estaba previsto: fecha, turno y quién debía recibirlo.
- Qué quedó registrado: entradas y salidas. Una salida que falta se marca como faltante, no se completa de memoria.
- Qué cambió: quién cubrió, cuánto tiempo y a quién se avisó.
- Qué falta resolver: la novedad concreta y quién la valida antes del cierre.
Por ejemplo: «El relevo de las 10 p.m. llegó a las 11:30 p.m.; el operario del turno de la tarde cubrió hora y media; salida registrada 11:32 p.m.; la coordinadora valida». Esa hora y media es extra nocturna, y con el registro claro nadie tiene que reconstruirla.
Cómo lo resuelve HoraClara
- Turnos y jornada de 42 horas: cada marcación se clasifica sola en ordinaria, nocturna desde las 7 p.m., dominical, festiva o extra, según el turno asignado.
- La hora y media del relevo no se pierde: si la salida quedó registrada, la extra aparece en el reporte de la quincena.
- Historial en el portal del empleado: cada persona consulta sus registros por fecha, así que la conversación sobre una diferencia parte del mismo dato.
Para empezar no tienes que digitar la planta: nos mandas el Excel de empleados y te los cargamos. La prueba es de 30 días, gratis y sin tarjeta. La demo es remota y te atendemos en Itagüí, Sabaneta, La Estrella o cualquier municipio con internet. Si es una planta, mira también cómo funciona en manufactura.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo rige la jornada de 42 horas?
Desde el 15 de julio de 2026, por la Ley 2101 de 2021. Equivale a 7 horas diarias en una semana de 6 días o 8 horas y 24 minutos si se trabaja de lunes a viernes.
¿Y si mi empresa distribuye la jornada por turnos?
El Código Sustantivo del Trabajo permite algunas formas de distribuir la jornada en trabajo por turnos, con condiciones precisas. Si tu empresa usa una, revisa con tu contador que el promedio respete la jornada máxima vigente. Lo que quede por encima se paga como trabajo suplementario.
¿Sirve para una planta de 30 personas con tres turnos?
Sí. Puedes empezar con una línea o un turno, revisar la primera quincena y después sumar el resto. En la demo conviene llevar una semana real con un relevo que se haya movido.
¿Qué hacemos si falta una salida?
Dejar el caso identificado y revisarlo con la persona y quien coordinó el turno. Completar la hora de memoria solo para cerrar la lista es la forma más rápida de pagar mal.
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Fuentes
- Ley 2101 de 2021 (reducción gradual de la jornada; 42 horas semanales desde el 15 de julio de 2026).
- Ley 2466 de 2025, que modificó el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo (trabajo nocturno de 7 p.m. a 6 a.m., desde el 25 de diciembre de 2025).
- Código Sustantivo del Trabajo, artículo 168 (recargos del trabajo nocturno y suplementario).
- Decreto de salario mínimo 2026.
- Municipio de Sabaneta, nota del 3 de mayo de 2024 sobre nuevas inversiones en el municipio.